Los 3 mitos más famosos entorno al RGPD

Hay algunos mitos que, o bien eran correctos anteriormente y han dejado de serlo, o bien son falsos de inicio, pero como la normativa puede cambiar, podrían convertirse en verdaderos con el paso del tiempo. Es por ello que hay que estar atentos a los cambios regulatorios. En la actualidad, diciembre de 2020, voy a citar tres:

MITO 1: No se puede bloquear la navegación.

En realidad, NO siempre es ilegal bloquear la navegación hasta aceptar las cookies. Podemos hacer esto si por razones de justificación de métricas necesitamos que nuestro consentimiento de cookies sea más estricto e incite al usuario para aceptar o irse de la web.

MITO 2: No es obligatorio un botón de Rechazar las cookiessituado en el banner de consentimiento.

  1. De inicio, no se carga ninguna cookie que pueda ser rechazada, a excepción de las cookies estrictamente necesarias. 
  2. Es suficiente con poner un botón o enlace que lleve al panel de configuración de cookies y, desde allí, sí que ya es obligatorio situar un botón u otras opciones para rechazar todas las cookies que no sean las estrictamente necesarias.

Para clarificar aún más este asunto, la AEPD viene a decir que se debe poner  un botón de rechazar o enlace o «algo» que permita la opción de rechazar las cookies en la primera capa (banner de consentimiento). Esta opción de rechazar puede estar dentro de la configuración. 

MITO 3: No es estrictamente necesario (aunque sí recomendable) guardar un registro de consentimiento de cookies.

Sino que bastaría con probar que el sistema pide el consentimiento antes de usar las cookies.